Le ayudamos con el proceso de separación en Zaragoza

Separación matrimonial

La separación judicial es un estado civil intermedio entre estar casados y divorciados, no existiendo en muchos países. Desde 1981 hasta 2005, la norma general para poder disolver un matrimonio por divorcio en España era haber tramitado, con carácter previo, el procedimiento de separación judicial y haber trascurrido al menos un año, con alguna excepción bastante inhabitual entonces. Desde julio de 2005 es optativo tramitar la separación matrimonial o acudir directamente al divorcio. Pregúntenos porque a veces no se calibran bien las posibilidades existentes.. En Abogados de Familia Sagasta 2 le podemos aconsejar en Zaragoza.

                                      

Hay supuestos en los que es aconsejable llevar a cabo únicamente la separación matrimonial. Especialmente cuando se ve una posibilidad de reconciliación dado que, si los interesados se han divorciado y hacen las paces, para volver a contar con todos sus derechos, incluida la futura pensión de viudedad, deben contraer matrimonio de nuevo. Si están únicamente separados judicialmente, basta ponerlo en conocimiento del Juzgado en un procedimiento sencillo y muy económico.

 

Hay algún otro supuesto en el que es aconsejable la separación y no el divorcio y que les explicaremos con detalle en el despacho. No hay que confundir la separación judicial con la separación de hecho.

 

Algunas cuestiones que Abogados de Familia Sagasta 2 puede contestar:

o  ¿Podemos estar una temporada separados de hecho para pensar?

o  Si separamos las cuentas bancarias y no tenemos hijos, ¿hay que hacer algo más?

o  Tras la separación judicial ¿es automático el divorcio? ¿Y obligatorio?

o  ¿Hay pensión de viudedad estando separados?

o  ¿Qué sucede con la sociedad conyugal en caso de separación matrimonial?

Le guiaremos en su proceso de separación